Residencia CU6: Cómo Obtener la Green Card por la Ley de Ajuste Cubano
Actualizado: hace 3 días
La Ley de Ajuste Cubano sigue siendo la vía más directa a la residencia permanente para los cubanos en Estados Unidos. Pero desde la llegada masiva de personas con I-220A, no todos califican de la misma manera. Esta guía explica qué es la residencia CU6, quién cumple los requisitos y qué opciones existen para quienes tienen un I-220A.
¿Qué significa CU6?
CU6 es el código de clase de admisión que aparece en la green card de un ciudadano cubano que obtuvo la residencia bajo la Ley de Ajuste Cubano de 1966. El cónyuge o hijo no cubano que ajusta junto con él recibe el código CU7. En la práctica, cuando alguien dice "residencia CU6" se refiere a la green card por Ajuste Cubano.
Requisitos de la Ley de Ajuste Cubano
Ser nativo o ciudadano de Cuba.
Haber sido inspeccionado y admitido, o haber recibido parole, al entrar a Estados Unidos.
Haber estado físicamente presente en Estados Unidos por al menos un año.
Ser admisible como residente permanente (o calificar para un perdón de inadmisibilidad).
No se requiere petición familiar ni patrocinador, y no hay límite anual de visas. El segundo requisito, el parole, es donde se concentran hoy casi todos los problemas.
I-220A y Ajuste Cubano: el problema del parole
¿Qué es un I-220A?
El Formulario I-220A, Orden de Liberación Bajo Palabra, es el documento que ICE entrega a muchas personas que cruzaron la frontera y fueron liberadas con condiciones. Miles de cubanos que llegaron desde 2021 recibieron un I-220A en lugar de un parole (I-94 con anotación de parole).
Qué han dicho la BIA y las cortes
En Matter of Cabrera Fernández (2023), la Junta de Apelaciones de Inmigración decidió que el I-220A es una liberación bajo palabra, no un parole, y por lo tanto no cumple el requisito de la Ley de Ajuste Cubano. Las cortes federales de apelación han respaldado esa lectura. El resultado: USCIS y los jueces de inmigración niegan el ajuste cubano a quienes solo tienen I-220A.
Opciones si usted tiene I-220A
Solicitar un parole a ICE o USCIS que, una vez otorgado, sí cumple el requisito de la ley. La disponibilidad de esta vía cambia con cada administración y debe evaluarse caso por caso.
Otras formas de alivio en la corte de inmigración: asilo, retención de remoción o cancelación de remoción.
Ajuste de estatus por petición familiar si tiene cónyuge o padre ciudadano, en algunos casos con perdón I-601A.
Revisar si en realidad hubo un parole documentado en el expediente de CBP que no aparece en el I-220A.
El año y un día
La solicitud de residencia (Formulario I-485) puede presentarse a partir de un año y un día después de la fecha de entrada o del parole. Presentarla antes de tiempo provoca una negación y la pérdida de la tarifa. Cuente el año desde la fecha que aparece en su I-94, no desde la fecha en que cruzó si son distintas.
Cómo solicitar la residencia CU6 paso a paso
Confirmar el tipo de entrada: I-94 con parole, admisión con visa, o I-220A.
Reunir prueba de nacionalidad cubana (pasaporte, certificado de nacimiento) y de presencia física durante el año.
Presentar el Formulario I-485 ante USCIS con el examen médico (I-693), fotos y tarifas. Si está en proceso de deportación, la solicitud se presenta ante el juez de inmigración.
Solicitar permiso de trabajo (I-765) y, si lo necesita, permiso de viaje mientras el caso está pendiente.
Asistir a la cita de biométricos y, si USCIS la programa, a la entrevista.
Residencia para cónyuges e hijos no cubanos (CU7)
El cónyuge y los hijos solteros menores de 21 años del solicitante cubano pueden ajustar junto con él aunque no sean cubanos, siempre que también hayan sido admitidos o tengan parole y residan con el solicitante. Es una de las pocas leyes que extiende el beneficio a familiares de otra nacionalidad.
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